Mecenazgo

La Ley de mecenazgo

La Fundación José Gordillo es una de las entidades sin fines lucrativos que recoge la Ley 49/2002, por lo que es una entidad beneficiaria del mecenazgo (art.16).

La ley contempla deducciones en donativos, donaciones y aportaciones que se hagan en favor de la Fundación para incentivar fiscalmente el mecenazgo hacia las actividades preservación del fondo fotográfico Gordillo.

En diciembre de 2023 la Ley 49/2002 fue modificada por el Real Decreto-Ley 6/2023, que aprobaba medidas en el ámbito del mecenazgo, que resulta beneficiado por unas mejores condiciones fiscales. Así, se elevan porcentajes de deducción, se amplía la cuantía para el micromecenazgo y se incentiva la realización de donaciones continuadas.

Calcula y dona

Donar es gratificante y mucho más económico de lo que nos pensamos. Te animamos a calcular las deducciones del donativo con el que puedes colaborar.

Desde enero de 2024, los primeros 250€ donados dan derecho a una deducción del 80%.

  • Si has donado 250€ durante 2024 en tu declaración de la Renta, te deducirás 200€. Es decir "solo te habrá costado" 50€.
  • Si tu aportación supera los 250€ anuales, te deducirás el 80% para los primeros 250€ y el 40% para el importe restante. Y si es el tercer año de colaboración, la deducción será del 45% en lugar del 40% para ese importe restante (siempre y cuando la donación sea igual o superior cada año a la del ejercicio anterior).

¿Cómo colaborar?


La Fundación José Gordillo puede emitir un certificado de donación para desgravar en la declaración de la renta, lo que garantiza el retorno de la una parte de la aportación.


Benefactores

Conceptos en el ingreso:

  • "DONACIÓN PARA LA PRESERVACIÓN DEL FONDO".
  • "APOYO A LAS ACTIVIDADES DE LA FUNDACIÓN".

IBAN para ingresos: ES68 2085 4533 2703 3086 2701.

BIZUM: Ir a contactos, seleccionar la pestaña de ONG e incluir el código 09208.

PARA SOLICITAR EL CERTIFICADO DE DONACIÓN, escriba un correo electrónico indicando los siguientes datos:

Nombre y apellidos, NIF y domicilio fiscal.

Cantidad ingresada, fecha de ingreso y concepto que se ha indicado. 

Las EMPRESAS que deseen ser patrocinadoras de la Fundación pueden ponerse en contacto con nosotros mediante el correo electrónico.

Su logo aparecerá como colaborador de la Fundación en nuestra página y en las actividades que organicemos, y en la historia de los benefactores de la Fundación.